Lunes 24 de Junio, 19:14

Urribarri apeló los embargos dispuestos en diciembre pasado

Judiciales | Los defensores del ex Gobernador apelaron las medidas cautelares dispuestas en diciembre pasado por el Juez de Garantías, Elvio Garzón, en el marco de la causa por presunto enriquecimiento entendiendo que los embargos y secuestros trabados contra el patrimonio de Urribarri, están basados en “evidencia de Fiscalía que no es prueba”.


Los abogados Miguel Cullen y José Velázquez, defensores de Sergio Urribarri y Diego Armando Cardona Herrero, ambos acusados de presunto enriquecimiento ilícito, solicitaron la nulidad de las medidas cautelares dictadas el 18 de diciembre de 2023 en el marco de la Investigación Penal Preparatoria (IPP).

Los Fiscales, Patricia Yedro y Gonzalo Badano, pidieron que se ratifiquen en su totalidad dichas medidas.

El Juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Gervasio Labriola, emitirá su resolución en el plazo legal. Labriola deberá revisar la evidencia previamente examinada cuando anuló la decisión del Juez de Garantías, Julián Vergara.

Vergara había aceptado parcialmente las medidas cautelares sobre el patrimonio de los acusados, ajustándolas a unos 170.000 pesos, según la pericia contable de la Fiscalía, en lugar de los 500.000 dólares solicitados por los fiscales.

Esta resolución fue apelada, y Labriola la anuló, ordenando una nueva decisión. Tras esta anulación, Vergara se excusó de seguir en el caso, alegando que ya había emitido opinión.

Su colega, Elvio Garzón, asumió el caso y el 18 de diciembre aprobó las medidas solicitadas por la Fiscalía, aumentando el monto de las cautelares y disponiendo el decomiso de bienes, algo no solicitado por los Fiscales. 

Durante la feria judicial de enero, se reveló que las defensas no habían tenido acceso a los fundamentos de estas medidas, obteniéndolos solo tras una audiencia en aquel mes. No obstante, fue hasta abril, cuatro meses después, que pudieron conocer plenamente los fundamentos debido a la reserva dispuesta por Garzón.

Cullen criticó que tanto Vergara como Garzón opinaron sobre cuestiones que debían discutir con las partes, destacando que la Fiscalía basó su pedido en argumentos para la remisión a juicio, sin proporcionar evidencia que justificara las medidas.

Según Cullen, no hay indicios de que su defendido haya intentado deshacerse de bienes para eludir una posible multa.

Cullen subrayó que el fallo de Garzón, de 84 páginas, carece de justificación para las medidas permitidas, excediéndose al dictar decomisos no solicitados en ocho años de proceso y triplicando los embargos.

Además, resaltó que su defendido siempre actuó conforme a la ley, levantando voluntariamente el secreto bancario y renunciando a sus fueros, entre otras acciones para facilitar la investigación.

Por lo tanto, sostuvo que no hay motivos para el embargo preventivo de su defendido ni de ningún otro imputado. Por su parte, Rubén Ángel Martínez, otro imputado de 72 años domiciliado en CABA y jubilado, accedió, con el apoyo de la Fiscalía, a la Suspensión del juicio a prueba o Probation por tres años.

En términos contundentes, la defensa argumentó que Garzón dictó "una resolución que no es jurídica, que es la voluntad de un juez, que no pasa el filtro de juridicidad y que excede lo solicitado, aunque luego lo aclare oficiosamente", añadiendo que "se fundamentó en un escrito referido a una etapa posterior que aún no ha ocurrido".