Según se informó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 596, el Banco Central
estableció que las empresas exportadoras deberán liquidar las divisas producto de sus ventas en el país en cinco días y que todas las compañías, no solo los bancos, tendrán que pedir autorización a la entidad monetaria para girar divisas al exterior.
Los exportadores tendrán que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).