Política | La iniciativa cosechó 134 votos a favor, 40 en contra y 18 abstenciones. Se crea un Fondo Fiduciario al que deberán aportar los bancos. También se modifica el índice para la actualización de la cuota, la cual no podrá superar el 30% de los ingresos de los deudores.
Con el interbloque Juntos por el Cambio dividido, en la madrugada de este jueves se dio media sanción por 134 votos a favor, 40 en contra y 18 abstenciones al proyecto de ley que busca llevar un alivio a los deudores de créditos UVA, un universo de casi 100 mil personas.
Las fisuras en el principal interbloque opositor, que habían quedado expuestas en comisiones, cuando la UCR firmó, junto al Frente de Todos, el dictamen de mayoría, mientras que el diputado de Evolución Radical Martín Tetaz impulsó uno de minoría, que acompañaron con disidencias el Pro y la CC-ARI, se reflejaron en el tablero de votación.
Además del Frente de Todos, votaron a favor del proyecto los diputados del Frente de Izquierda y el interbloque Provincias Unidas. También los miembros de la UCR, aunque un pequeño puñado se abstuvo.
En Juntos por el Cambio, la división fue transversal no solo a nivel interbloque, sino en cada bloque, ya que, en el Pro, Evolución Radical y la CC-ARI hubo quienes votaron en contra y quienes lo hicieron por la abstención.
Por La Libertad Avanza, Javier Milei y Victoria Villarruel; por Avanza Libertad, José Luis Espert; y por Buenos Aires Libre, Carolina Píparo, se opusieron.
De acuerdo al texto aprobado, consensuado entre distintas propuestas, se crea el “Sistema de Integral de Cobertura y Promoción de Créditos Hipotecarios”, y se establece que la cuota a pagar por el deudor hipotecario se determinará por el coeficiente de variación salarial, tomando como referencia el RIPTE (Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables). En los meses que el RIPTE se encuentre por arriba del IPC (inflación), pagarán siempre el índice más bajo.
A su vez, la iniciativa estipula que la cuota a abonar no deberá superar el 30% de los ingresos de los deudores, ni podrá extender la duración del crédito más del 25% del plazo originalmente pactado. Para los créditos ya otorgados, el cómputo será retroactivo al 1ro. de enero de 2023.
Entre otros puntos, se determina que quienes estén alcanzados por el impuesto a las Ganancias podrán deducir anualmente hasta tres salarios mínimos, mientras que los deudores podrán vender su propiedad y el crédito existente.
El mecanismo para esta posibilidad deberá ser determinado por el Banco Central. Se prevé que en caso que el deudor se encuentre en cese laboral, el Fondo que se crea se hará cargo de hasta tres cuotas, mientras que las posteriores serán refinanciadas por acuerdo de partes.
Este Fondo, denominado “Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario (FFCPH)”, tendrá como objetivo cubrir descalces entre salario y UVA/UVI. El texto indica que “las entidades financieras deberán integrar el FFCPH con un aporte mensual que determinará el Banco Central con un límite máximo de 0,0025% del promedio de los saldos diarios de los depósitos en pesos y moneda extranjera”.
El FFCPH se integrará también con las primas que aporten los tomadores de nuevos créditos promovidos. No obstante, la participación en el FFCPH será voluntaria por parte de los tomadores de créditos.
El Fondo también se financiará del rendimiento de sus inversiones y aportes de organismos multilaterales -entre otros-, pero se aclara que no recibirá aporte corriente alguno por parte del Tesoro ni del Banco Central, ni tampoco de los deudores.
La diferencia entre la cuota calculada en base a salarios y la calculada en base a UVA/UVI será compensada a los bancos por el FFCPH. Si la cuota calculada por salarios resulta mayor a la calculada por UVA/UVI, prevalecerá la más baja.
Se establece la suspensión de desalojos, embargos o cualquier tipo de medidas preventivas y/o cautelares en trámite por el término de un año y se encomienda al Banco Central a promover líneas de crédito similares, entre otros puntos.
Fuente: Parlamentario.com