Confirmaron la condena contra el cura Justo Ilarraz
Judiciales | La Sala I de la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos rechazó el recurso de casación con lo cual el cura seguirá detenido, por abuso y corrupción de niños y adolescentes de entre 10 y 14 años.
La Sala I de la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos rechazó el recurso de casación y confirmó la sentencia dictada el 21 de mayo de 2018 que condenó al cura Justo Ilarraz a 25 años de prisión efectiva por abuso y corrupción de niños y adolescentes de entre 10 y 14 años.
El fallo confirmó, de este modo, la sentencia del 21 de mayo de 2018, dictada por la Sala Segunda de la Cámara Primera en lo Criminal de Paraná, "que ya había condenado a Ilarraz por considerarlo responsable del delito de promoción a la corrupción de menores agravada por ser encargado de la educación -en cinco hechos- y del delito de abuso deshonesto agravado por ser encargado de la educación", informó el Poder Judicial entrerriano desde su página de internet.
Asimismo la decisión del tribunal también mantiene la prisión domiciliaria con tobillera electrónica hasta que la condena quede firme ya que la defensa realizó otras instancias de reserva de impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia y ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La audiencia comenzó hoy a las 9, y fue presidida los Jueces Alejandro Cánepa, Cristina Lía Van Dembroucke y Dardo Tórtul, quienes en forma unánime ratificaron con sus votos la condena.
El 21 de mayo de de 2018, los Jueces Alicia Vivian, Carolina Castagno y Gustavo Pimentel lo condenaron por unanimidad a la pena máxima que establecía el Código Penal de ese entonces.
Ilarraz cumple su prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario con tobillera electrónica en un departamento ubicado en calle Corrientes de la ciudad de Paraná, a menos de 10 metros de una escuela secundaria y de una agencia de viajes de egresados y quinceañeras.
Los abusos fueron perpetrados mientras Ilarraz se desempeñaba como preceptor en el Seminario Arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo de Paraná, entre 1985 y 1993. El fallo en primera instancia había sido apelado por el abogado defensor del cura, Jorge Muñoz, quien pidió -además- que se conforme un nuevo tribunal para que vuelva a emitir dictamen y que Ilarraz sea puesto inmediatamente en libertad, solicitud que fue rechaza por la Cámara.
Muñoz remarcó que si bien la sentencia afirma que hubo trabas que puso la jerarquía de la Iglesia de Paraná, "no hay ningún imputado por ese motivo" y el Tribunal "en todos los apartados donde hace valoración probatoria, menciona premisas falsas".