Salud | Fue durante una sesión especial del Senado de la Nación, en el marco del aislamiento social que rige en el país por la pandemia de coronavirus.
La norma aprobada por unanimidad autoriza la prescripción médica, odontológica o de otros profesionales de las recetas o estudios médicos a todos los profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada.
Además, determina que los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital deberán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados.
Asimismo, determina que los responsables de la fiscalización de los sistemas de receta electrónica y plataformas de teleasistencia deben "garantizar la custodia de las bases de datos de asistencia profesional virtual (historias clínicas digitales), prescripción, dispensación y archivo".
También deben "establecer los criterios de autorización y control de acceso a dichas bases de datos y garantizar el normal funcionamiento y estricto cumplimiento de las normativas vigentes en el área".
El presidente de la comisión de Salud, el radical Mario Fiad, destacó durante la sesión el consenso logrado para esta ley y declaró que "no hay duda de los avances en lo que respecta a la salud digital" ya que achican "las brechas de inequidades para poder llegar a zonas alejadas" porque "muchas veces el factor critico de la distancia dificulta ese acceso a la salud".
Fiad marcó observaciones que "serán salvables", dijo, en la reglamentación como las que mencionan la entrega de medicamentos en establecimientos habilitados algo que generó preocupación para asociaciones de farmacias.