Botnia-UPM utiliza y arroja endosulfán al río Uruguay
| El Comité Científico de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) pudo determinar que la empresa Botnia-UPM trabaja en su planta con endosulfán, un insecticida considerado altamente tóxico, -pese a su uso está prohibido en 60 países, incluído Uruguay- y que, a su vez, lo arroja al río.
El tema del uso del endosulfán en Botnia/UPM fue incluso analizado durante la sesión ordinaria de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), el pasado 28 de febrero de este año. Allí, la Delegación Argentina dio cuenta de los resultados de las muestras de agua que fueron extraídas en ocasión del ingreso a la planta finlandesa, a fines de noviembre del año pasado.
De acuerdo a lo que se pudo saber, en dicha ocasión, durante la visita de monitoreo del Comité Científico de la CARU a la Planta Orión (UPM-ex Botnia) -acompañado por la DINAMA-, la comitiva de inspección detectó plantas secas (quemadas) en la Pileta N°3 del patio de madera y de su canal de descarga, por lo que se tomaron muestras de agua que se enviaron a analizar, que fueron remitidas al laboratorio Pacific Rim de Canadá.
Los resultados del laboratorio canadiense fueron contundentes: las muestras contenían 1,67 ng/L de Endosulfán sulfato y 0,68 μg/L de Metoxicloro. O sea, ambas sustancias tóxicas.
El Endosulfán Sulfato es la degradación del Endosulfán, insecticida y acaricida organoclorado de alto riesgo, por ser un disruptor endocrino altamente tóxico en forma aguda, incluido entre las sustancias químicas, que actualmente se reconocen como persistentes y bioacumulables, que pueden causar efectos negativos al ambiente, incluida la salud humana, y que el Convenio de Estocolmo en la Quinta Conferencia de las Partes, celebrada en Ginebra, del 25 al 29 de abril de 2011, incluyó en el Anexo "A" del mismo, como parte de la lista de contaminantes cuya producción y uso se debe eliminar.
Fue prohibido en más de 60 países, entre ellos la República Oriental del Uruguay, la que ha dictado el Decreto presidencial N° 104/11 Expediente 2011/06393 de fecha 05 de diciembre de 2011, con la participación de varios de sus ministros. El decreto que lleva la firma de José Mujica y sus colaboradores prohíbe “la introducción, la producción y la utilización, en cualquier forma o bajo cualquier régimen, en las zonas sometidas a la jurisdicción nacional, de las sustancias químicas y las preparaciones o formulaciones que contengan Endosulfán”. Tal prohibición “comprende toda forma de uso, incluyendo el agropecuario, industrial, doméstico, sanitario y cualquier otra forma de utilización posible de dichas sustancias”.
Por ello fue que, en ese marco, la Delegación Argentina ante la CARU propuso formalmente que la Comisión Administradora del Río Uruguay “se comunique a la República Oriental del Uruguay, de la grave situación detectada por el Comité Científico de la CARU”, a fin de que el gobierno de Mujica “adopte las medidas pertinentes en cumplimiento del Estatuto del Río Uruguay”. A su vez, se pidió que “una vez aplicadas las medidas correctivas ajustadas a la normativa de la República Oriental del Uruguay, las mismas sean comunicadas a la Comisión Administradora del Río Uruguay”.
Fuente: Análisis Digital.