Viernes 5 de Abril de 2019, 10:54

"Tiene que cambiar el sistema productivo"

Política | Así se pronunció el Gobernador Bordet respecto del uso de agroquímicos luego de que un Decreto con su firma permitiendo límites más laxos para las aplicaciones fuera rechazado por la justicia.


La Justicia dispuso la nulidad parcial de un Decreto del Gobernador Gustavo Bordet que pretendió imponer límites más laxos a los que había establecido una sentencia judicial respecto de las tareas de fumigaciones en zonas próximas a establecimientos educativos. El Camarista Andrés Marfil admitió parcialmente la demanda interpuesta por el Foro Ecologista de Paraná y por eso mismo dispuso la nulidad parcial del Decreto N° 4.407, dictado el 14 de diciembre de 2018 por el Poder Ejecutivo entrerriano por ser "inconstitucional por violación de la cosa juzgada al no ajustarse al estándar normativo del fallo dictado" en octubre del año pasado por el Juez Oscar Daniel Benedetto, ratificado luego por un fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). En el fallo de Benedetto se habían impuesto zonas de exclusión amplísimas, de 1.000 metros alrededor de las escuelas para las fumigaciones terrestres, y de 3.000 metros para las aéreas. En cambio, el Poder Ejecutivo bajó esas distancias a 100 y 500 metros, respectivamente. Por eso, el juez Marfil decretó la nulidad precisamente del artículo 1° del decreto 4.407, que fija las distancias para las pulverizaciones. De ese modo, dejó en pie las distancias que fijó el fallo del Juez Benedetto. El Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos habían acudido a la Justicia con un recurso de amparo ambiental con el objetivo de conseguir la nulidad del Decreto dictado por el Poder Ejecutivo provincial que reglamentó las fumigaciones aéreas y terrestres en la provincia luego de un fallo judicial severo dictado en octubre último. El amparo ambiental buscó precisamente la declaración de nulidad y revocación del Decreto Nº 4407/1028, que fuera publicado en el boletín oficial el 2 de enero pasado, por el cual se regula la aplicación vía aérea y terrestre de fitosanitarios. Efectivamente, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial del 2 de enero el texto del Decreto N° 4.407, del 14 de diciembre, mediante el cual establece la prohibición de "aplicaciones terrestres de fitosanitarios en lugares donde existan Escuelas rurales lindantes a lotes de uso productivo, debiendo respetarse una distancia de 100 metros entre los límites o cercos de la Escuela y el cultivo lindero, y fuera del horario escolar o en días no lectivos". Y las aéreas "en lugares donde existan escuelas rurales lindantes a lotes de uso productivo, debiendo respetarse una distancia de 500 metros entre los límites o cercos de la Escuela y el cultivo lindero, y fuera del horario escolar o en días no lectivos". Además, al acoger favorablemente el amparo presentado por el Foro Ecologista y AGMER, la Justicia exhortó al Estado provincial a realizar "en forma exhaustiva y sostenida en el tiempo, los estudios que permitan delinear pautas objetivas en torno al uso racional de químicos y agroquímicos, poniendo el acento precisamente en la prevención de los daños; y a realizar una correcta evaluación que permita determinar el estado de situación actual de contaminación, como paso imprescindible para identificar las medidas que deben adoptarse, su idoneidad y los espacios que deben mejorarse". La sentencia, además, condenó al Estado entrerriano y al Consejo de Educación "a que en el plazo de 2 años contados desde la presente procedan a implantar barreras vegetales a una distancia de ciento 50 metros de todas las escuelas rurales de la Provincia, con las especificaciones detalladas en los considerandos". Y dispuso suspender "de inmediato las aplicaciones de productos fitosanitarios en las áreas sembradas lindantes a las Escuelas rurales, en horario de clases, debiendo efectuarse las aplicaciones en horarios de contra turno y/o fines de semana, a modo de asegurar la ausencia de los alumnos y personal docente y no docente en los establecimientos durante las fumigaciones". El Poder Ejecutivo apeló esa sentencia ante la Sala Penal y de Procedimientos Constitucionales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y pidió "la revisión total de la sentencia impugnada, que establece una superficie de exclusión sin haber tenido en cuenta ni haber valorado la cantidad de hectáreas que quedan improductivas a raíz de la medida tomada por el Juez de primera instancia. Es decir que ello es inviable por arbitrario e infundado". Pero el alto cuerpo rechazó la apelación, y ahora el Gobierno inició el camino de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Gobierno se centró en el perjuicio a la producción que supone el fallo judicial. Al respecto, sostiene que en 2017, la superficie total sembrada fue de 1.690.200 hectáreas. Y que de acuerdo a un informe del Consejo General de Educación, existen 832 Escuelas primarias y 137 Escuelas secundarias que se encuentran en ámbitos rurales. De tal modo que no se podría fumigar en forma terrestre en 304.266 hectáreas y no se podrá fumigar en forma aérea en una superficie de 2.738.394 hectáreas. "Es decir, en este caso, en una superficie incluso superior en casi 800.000 hectáreas a las 1.690.200 hectáreas que conforman la superficie agrícola de la última campaña", señala el informe que presentó el Gobierno a la Justicia. El Gobernador Bordet, durante su reciente visita a Basavilbaso, en una conferencia de prensa dijo que el revés judicial "no es un revés del gobierno", y justificó que el Decreto surgió de la solicitud "de la Federación Agraria, la Sociedad Rural...de los productores que me plantearon que si no se morigeraba el fallo se caía el sistema productivo entrerriano. No es un Decreto que se me ocurrió a mí". "Entendemos que tiene que haber un equilibrio. Entendemos que tiene que cambiar el sistema productivo, como está es inviable en el futuro. Tenemos que ir a buenas prácticas, pero también a que en el futuro todo lo que sea agroquímicos vaya dejándose de utilizar", opinó Bordet para quien el mercado -por ejemplo el europeo- "dejará de comprar". No obstante los cambios deberán ser "progresivos y paulatinos. Si acá se aplicara el fallo -del Juez Benedetto- que parcialmente fue homologado por el Superior Tribunal provocaba el quebranto de la mayoría de los productores entrerrianos". El mandatario dijo que su administración cumplió con el fallo, y con lo que decía el Superior Tribunal. "Vamos a ser inflexibles en los controles y en las penas a quienes inflijan estos controles", dijo al admitir que "no todo se puede hacer desde el Estado" y que por ello pidió colaboración y cooperación de las entidades rurales. [audio="lzazkewk70r8if3.MP3"][/audio]