Judiciales | La Juez de Garantías Carola Bacaluzzo rechazó el recurso de hábeas corpus que plantearon sus abogados defensores de Sergio Urribarri que continuará detenido en la UP1.
El exgobernador de Entre Ríos Sergio Urribarri fue detenido ayer por pedido de la Cámara de Casación Penal de Paraná.
Urribarri fue condenado en 2022 por corrupción y delitos contra la administración pública. La pena que le aplicaron es de ocho años de cárcel e inhabilitado a ejercer cargos públicos de por vida, aunque hasta ahora seguía en libertad porque la condena no está firme.
Los abogados Javier Baños, Fernando Burlando y Leopoldo Cappa en defensa de Urribarri presentaron una acción de hábeas corpus ante la Juez de Garantías Carola Bacaluzzo, en lugar de hacerlo ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), como establece el procedimiento legal.
Esta medida buscaba revertir la resolución de la Cámara de Casación Penal de Paraná, que dictó la prisión preventiva del exmandatario que desde ayer por la tarde está detenido en la UP1 de Paraná.
Esta mañana se concretó la audiencia de la que Urribarri participó de manera remota y pidió “justicia para ser tratado en igualdad de condiciones a cualquier entrerriano”. Reclamó de esa manera que se acepte el recurso de hábeas corpus que plantearon sus abogados defensores.
En efecto, los abogados pidieron que lo restituyan al estado anterior a la detención, es decir con restricciones a la libertad debido al Recurso Extraordinario Federal que fue habilitado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
La Juez Bacaluzzo anunció que para las horas 15 tendría una resolución.
El Dr. Leopoldo Cappa, al salir de Tribunales, al ser abordado por la prensa cuestionó la detención de su defendido y negó que existiera una presión política de las autoridades provinciales en detrimento de Urribarri; asimismo negó vínculos del ex mandatario con integrantes del Poder Judicial.
Puntualmente a las 15 horas se reanudó la audiencia, y con el solo objeto de que la magistrado informara su decisión que fue la de rechazar el hábeas corpus presentado por la defensa del dirigente argumentando que no es procedente.
“Entiendo que esta urgencia y motivación de las defensas en orden a resguardar el derecho a la libertad, podrá ser canalizado por las vías ordinarias. Considero que no existe un ataque ilegal que torne procedente la acción de hábeas corpus. El hábeas corpus incoado debe ser rechazado”, concluyó la magistrado al expedirse sobre el planteo.