Política y Economía | La medida era reclamada por los bancos, para operar con igualdad de condiciones frente a las fintech. Aquí los detalles.
La AFIP estableció un régimen de retención de IVA y Ganancias a las operaciones efectuadas con billeteras electrónicas, con el objetivo de poner en igualdad de condiciones a esta actividad con las compras realizadas con tarjetas de débito y crédito.
Esta decisión se tomó a partir de las Resoluciones Generales 4621 y 4622, publicadas este miércoles en el Boletín Oficial. La medida abarca a las "fintech" (empresa tecnológicas dedicadas a las finanzas) que operan en el mercado local, como Mercado Pago, Todo Pago, PayU o Naranja X.
Según explicó la AFIP, los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito.
Esos porcentajes serán similares a las establecidas para las compras directas: 0,5 % para tarjetas de débito y 1 % para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos.
De esta manera, las administradoras de las terminales o las billeteras electrónicas realizarán la misma retención más allá del canal de cobro utilizado.
Esta medida era reclamada por los bancos, para operar con igualdad de condiciones frente a las fintech. En la Argentina operan más de 130 empresas de este tipo, por lo cual el país ocupa el tercer lugar de Latinoamérica, después de Brasil y México.