Judiciales | La Sociedad Rural Argentina (SRA) junto con la Sociedad Rural de Jesús María presentaron un amparo contra las retenciones a las exportaciones, bajo el argumento de que no hay una ley que establezca el cobro de ese tributo. Así lo anunció el presidente de la SRA, Nicolás Pino, en el marco de una conferencia de prensa ofrecida la sede de la entidad en la Capital Federal, junto con dirigentes ruralistas del interior del país.
“Presentamos este recurso de amparo porque las retenciones son inconstitucionales. Para que exista un tributo tiene que haber una ley”, señaló Pino.
Los abogados en presentaron el recurso en los Tribunales federales de Córdoba, argumentan que cuando el Congreso rechazó el proyecto de Presupuesto 2022 que había enviado el Gobierno, junto con ello, desaprobó un articulo que permitía al gobierno cobrar los derechos de exportación.
“Hablamos con legisladores de tratar este tema de lo derechos de exportación”, explicó Pino quien dijo que no tuvo eco sobre ese punto tampoco en el Poder Legislativo.
Al justificar las razones por las cuales la acción se hizo en Córdoba, junto con la Sociedad Rural de Jesús María, Pino señaló que se pretendió poner de relieve el federalismo.
Los abogados de la entidad, que patrocinan el reclamo, señalaron que lo esencial que se plantea es que ante la finalización del plazo en el que Poder Ejecutivo podía cobrar las retenciones y ante la no sanción del presupuesto, todas las medidas de emergencia al amparo de una ley de emergencia caen.
En ese sentido, los letrados hicieron referencia a la ley de Solidaridad aprobada al inicio del mandato de Alberto Fernández que buscaba revertir la reforma fiscal del 2017, en la cual se estableció un sendero de reducción gradual de derechos de exportación.
El argumento es que para poder seguir cobrando, se debería haber prorrogado la Ley de Emergencia.
Pino señaló que “se pretende que esta discusión se dé en el Congreso porque hoy el cobro no tiene sustento” y que luego quedará para el Poder Legislativo establecer “cuál puede ser el mejor sistema tributario”.
Los ruralistas entienden que en las próximas semanas pueden haber nuevas presentaciones de otras entidades. Además explicaron que prefirieron pedir un “amparo” a una medida “cautelar” que en caso de resultar favorable hubiera obligado al gobierno a dejar de cobrar el tributo de manera inmediata.
Por tratarse de un planteo de constitucionalidad, es probable que termine definiendo la Corte Suprema. Desde el gobierno se argumenta que el cobro de retenciones está contemplado en los artículos 755 y 756 de la Ley de Código Aduanero.
El primero de ellos autoriza al Poder Ejecutivo a cobrar el impuesto, pero no fija alícuota y el segundo indica que se podrá cobrar siempre de acuerdo con las normas internacionales aceptadas por la Argentina. Estos dos artículos son objeto de discusión sobre su validez.
Para algunos constitucionales no serían legales y para otros si, e incluso hay proyecto de ley presentados por diputados para pedir su derogación.