Limitan por Ley la libertad a condenados por delitos graves
Política | La sanción fue con 170 votos a favor, 8 en contra y 7 abstenciones; la norma le pone fin a las salidas transitorias de delincuentes condenados por delitos violentos.
La Cámara baja ratificó las modificaciones introducidas por el Senado a la iniciativa, que reforma la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena, estableciendo que los autores de delitos graves no podrán contar con el beneficio de las salidas transitorias o la libertad condicional.
Quienes rechazaron el proyecto fueron Pablo López, Soledad Sosa, Juan Carlos Giordano, Nathalia González (Frente de Izquierda), Araceli Ferreyra (Movimiento Evita), Alcira Argumedo (Proyecto Sur), Julio Raffo (Diálogo y Trabajo) y Jorge Taboada (Chubut Somos Todos).
“Con esta ley empieza a cerrarse la puerta giratoria”, destacó el presidente de la Comisión de Seguridad Interior, Luis Petri (UCR), quien remarcó que a partir de ahora “las condenas serán cumplidas de manera íntegra” publicó Parlamentario.
El radical explicó que, “con la legislación actual, las personas que cometían delitos violentos, robos, homicidios y violaciones, cumplida la mitad de la condena y aun contando con informes desfavorables muchas veces, tenían acceso a estos beneficios, donde las salidas transitorias eran utilizadas en muchos casos para fugarse o para seguir cometiendo delitos”.
Según Petri, “también ocurría lo propio con las libertades condicionales, donde las personas con dos tercios de la condena cumplida rápidamente recuperaban su libertad, y en muchos casos sin contar con la debida resocialización que se reclama a la hora del otorgamiento de este tipo de beneficios”.
“Aquellas personas que se encuentran privadas de la libertad y que van a cumplir la totalidad de la condena dentro de las cárceles deben tener garantizado un régimen progresivo de la pena. La diferencia con el régimen actual es que ese régimen se va a dar en condiciones de encierro y no se va a dar en libertad”, puntualizó.
El mendocino sostuvo que “el fin de las penas es no solamente buscar la resocialización de las personas condenadas, sino también proteger a la sociedad frente al crimen, y esto es algo que los jueces olvidan a la hora de otorgar livianamente salidas transitorias o libertades condicionales”.
La Cámara alta había introducido importantes cambios al texto original, sobre todo para reducir la cantidad de delitos cuyos autores no podrán gozar de los distintos regímenes de libertad. Se excluyeron los delitos de homicidio simple y contrabando, y quedaron incluidos los de homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual, privación ilegal de la libertad coactiva, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo.
En el Senado también se corrigieron las “excesivas” facultades que se otorgaban al Servicio Penitenciario, para que sea el juez de ejecución penal -con intervención de las víctimas- el que decida sobre la concesión de las salidas anticipadas.
El proyecto había sido aprobado por primera vez en Diputados el 23 de noviembre del año pasado por impulso de Petri, y recibió un fuerte respaldo de la Ministro Patricia Bullrich, sobre todo a partir del asesinato de la joven Micaela García en Entre Ríos, a manos de un acusado de dos anteriores violaciones.