Política | El Senado dio el visto bueno a la iniciativa que establece nuevos porcentajes de cortes obligatorios para biodiésel y bioetanol. El texto alcanzó el consenso, incluso, de opositores.
Las dudas que persistían en el inicio de esta jornada finalmente fueron despejadas y el Senado, tras un extenso debate en el recinto, pudo avanzar con la media sanción de la nueva Ley de Biocombustibles.
El texto resultó aprobado en general a las 22:17 por 41 votos a favor y 25 en contra. El texto aprobado es muy diferente al planteado originalmente por el oficialismo, ya que se aceptaron aportes de diversas iniciativas que venían debatiéndose desde el año pasado.
Los expedientes impulsados fueron de la jefa del bloque libertario, Patricia Bullrich; la salteña Flavia Royón (Primero Los Salteños); Beatriz Ávila (Independencia); José Carambia y Natalia Gadano (Moveré Santa Cruz); Alejandra Vigo y Carlos Espínola (Provincias Unidas); Carlos Arce y Sonia Rojas Decut (Movimiento por Misiones); y Jorge Capitanich (Justicialista).
El nuevo régimen de biocombustibles prevé una vigencia de 15 años. Actualmente, el marco regulatorio votado en 2021 cuenta con una vigencia hasta 2030. También se habilita que las empresas no integradas puedan formar parte de un grupo económico que pasará a competir dentro del segmento abierto del mercado. Además, propone la liberación del 3% reservado para las empresas no integradas que no formen parte de esos grupos.
Incorporado en las conversaciones finales, cada nuevo entendimiento contempla el diferencial por distancia reclamado por La Pampa y San Luis, modificando para compensar la desventaja de las plantas ubicadas en el interior frente a las grandes empresas integradas.
De esta manera, se establece el corte obligatorio de biodiésel para gasoil del 5% (vigente) al 7,5%, y fija un incremento del 10% un año después de la sanción. En cuanto al corte de bioetanol para la confección de nafta, se dispone el mantenimiento del 12% y, transcurrido un año desde la promulgación de la ley, llevarlo al 15%.
Asimismo, se establece que el porcentaje de las empresas no integradas se reducirá al 5,5% en 2029; al 5% en 2030; y al 3% en 2031. A partir de 2032, el 7% se podrá comercializar entre todas las firmas, artículo que generó resistencia de los Senadores aliados de las provincias del centro.
Finalmente, se establece que las empresas no integradas tendrán un piso mínimo a partir del 1° de enero de 2031 hasta 2036 que será del 4%, garantizando así una porción del mercado.
La autoridad de aplicación será la Secretaría de Energía, que podrá “modificar excepcionalmente y mediante resolución fundada el referido porcentaje obligatorio, en función de asegurar el abastecimiento de la demanda ante situaciones comprobadas de escasez que afecten el mercado interno o por cuestiones técnicas y/o de calidad”. “En ningún caso una reducción excepcional podrá extenderse por un plazo mayor a 90 días”, agrega.
Otro de los artículos indica que “a los fines de garantizar la competencia, la participación por empresa elaboradora no excederá 20% del total de la cantidad anual de bioetanol comercializado en el corte obligatorio durante el año calendario correspondiente”.
A su vez, se faculta a las provincias y la Ciudad a “establecer regímenes de fomento propios habilitando nuevas bocas de expendio que favorezcan la comercialización de manera opcional e incremental de cortes superiores a los mínimos obligatorios”.
Por otra parte, se permite la libre importación de biocombustibles para ser utilizados en mezclas superiores al corte obligatorio y en los casos en que hubiese faltante de oferta para satisfacer la demanda del corte obligatorio.
No obstante, se aclara que “los biocombustibles destinados al cumplimiento del porcentaje de mezcla obligatoria con combustibles fósiles deberán haber sido elaborados en plantas habilitadas instaladas en la República Argentina y a partir de materias primas de origen nacional”.
En el dictamen también se contempla que “a los fines del cumplimiento mensual de la mezcla obligatoria, se deberá instrumentar un sistema de subastas en un Mercado Electrónico que concentre la comercialización de manera única, transparente y de acceso público, operado por un organismo independiente con experiencia comprobada en negociación de productos energéticos, agropecuarios, financieros u otros, y bajo estándares internacionales de comercio”.
Fuente: Parlamentario.