Política | La Cámara baja aprobó de manera unánime la iniciativa enviada por el Gobierno. Los montos se medirán mediante “Unidades Pesca”, equivalentes al precio de un litro de gasoil. Pasa al Senado.
La Cámara de Diputados dio media sanción este martes a un proyecto de ley enviado por el Gobierno nacional, que aumenta las multas a la pesca ilegal.
La iniciativa, girada al Senado, se aprobó con 129 votos favor y ninguno en contra, ni hubo abstenciones.
Fue el último tema debatido durante la extensa y polémica sesión y se votó pasadas las 5 de la madrugada.
Como miembro informante, la Diputada rionegrina Ayelén Spósito destacó el impacto de las pérdidas que genera la pesca ilegal para nuestro país y tras detallar las multas que establece la iniciativa y las modificaciones realizadas a la ley vigente calificó al proyecto como “soberano, un proyecto que trabajamos en conjunto”, y valoró “el gran trabajo” de Daniel Filmus y Carlos Liberman.
Santiago Igón (Chubut) señaló luego que “está claro que estas cerca de 300 toneladas promedio que la pesca ilegal se lleva, es una pesca que podemos recuperar nosotros, y entonces se nos abre algo como el trabajo de la pesca ya en tierra, para agregarle valor agregado, que necesita la República Argentina para tener mayor cantidad de trabajo”.
El proyecto modifica varios artículos de la Ley de Régimen Federal de Pesca (N°24.922), sancionada en 1998. Además, se incorpora el artículo 51 bis, el cual detalla los nuevos montos de las multas y cómo se medirán.
En la actualidad, la norma prevé sanciones económicas que van de los 10 mil pesos a un millón de pesos.
La iniciativa indica que “la sanción de multa será establecida en unidades de valor denominadas Unidades Pesca (UP), equivalentes al precio de un litro de combustible gasoil” y “la autoridad de aplicación determinará el procedimiento de fijación del valor en moneda de curso legal de las UP”.
“Las UP se convertirán en moneda de curso legal al momento en que el presunto infractor se allane a la imputación efectuada conforme el procedimiento previsto por el artículo 54 bis de esta ley o al momento del pago total de la multa impuesta por resolución firme dictada en sede administrativa o sentencia judicial”, agrega.
El proyecto establece que la multa mínima será de 1.000 Unidades Pesca y la máxima de 300.000 Unidades Pesca. “Cuando la infracción de que se trate sea la de pescar sin autorización de captura, carecer de una cuota individual de captura o pescar en zona de veda, la multa mínima no podrá ser inferior a 3.000 UP”, señala.
En tanto, “cuando la infracción de que se trate sea la de pescar sin permiso, la multa mínima no podrá ser inferior a 500.000 UP y la máxima de 3.000.000 UP”.
Entre otros cambios, además de mantener el texto del artículo 54 de la actual Ley, donde establece que tratándose de embarcaciones extranjeras, la autoridad de aplicación podrá retener el buque y que los gastos que eso demande correrán por parte del propietario, la iniciativa del Ejecutivo incorpora que “todo ello” será “sin perjuicio de las sanciones penales y/o aduaneras que pudieran corresponder”.