Política y Economía | ANSeS dispuso para el viernes 27 de marzo los pagos de jubilaciones, pensiones y asignaciones universales por hijo (AUH) que se iban a otorgar entre el lunes 30 y el martes 31.
El organismo que dirige Alejandro Vanoli lo decidió dado que, por el Decreto del Gobierno para el aislamiento por coronavirus, los dos últimos días de marzo quedaron inhábiles. Con la decisión de pasar el feriado del 2 de abril al 31 de marzo el 30 quedó establecido como feriado puente, tras la medida que se determinó para tratar de impedir la expansión del Covid-19.
Por su parte, se mantienen las fechas de pago del miércoles 25 y el jueves 26. La ANSeS se encargó de aclarar, además, que no envía personal a domicilio para trámites de Seguridad Social. En un comunicado, recalcó que "tampoco se comunica" de manera telefónica para "requerir datos de tarjetas de débito o claves bancarias de ningún tipo y en ningún caso".
La ANSeS destacó que "todos los trámites y consultas" de programas y prestaciones "no necesitan de gestores externos" y son gratuitos. También recordó que todos los turnos otorgados antes de la situación excepcional de la cuarentena en todo el país fueron reprogramados a partir del próximo 17 de abril.
El organismo había dispuesto la suspensión del trámite de actualización de fe de vida , por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones no Contributivas, a efectos de garantizarles el cobro de las prestaciones puestas al pago durante marzo y abril.
De este modo, las entidades pagadoras conservan la responsabilidad de rendir como impagos, en el marco de las operatorias vigentes, los fondos correspondientes, luego del fallecimiento del titular del beneficio y a partir de la recepción de la novedad de fallecidos informada por ANSeS, para los mensuales de este mes y el próximo.
El organismo destacó que, con el objetivo de coadyuvar a que el grupo vulnerable de adultos mayores jubilados y pensionados permanezca en sus hogares, resulta necesario tomar medidas excepcionales y urgentes a fin de minimizar los riesgos de la salud pública, en concordancia con las medidas dispuestas por el Estado Nacional.