Viernes 17 de Mayo de 2019, 10:54

La quiebra de Calimboy tiene otro capítulo polémico

Judiciales | Liquidarán una sola unidad de los bienes que componen la planta industrial en Ita Ibaté, Corrientes; la decisión se tomó “aún contra el consejo y opinión” del Comité de Control.


La quiebra de [b]Calimboy SA[/b] fue dispuesta en 2012, y el expediente se encuentra en etapa de liquidación de los bienes, entre ellos la planta que funcionaba en Corrientes. En ese marco, el 9 de mayo, el Juez de la causa, EL Dr. Máximo Mir, resolvió “a propuesta de la Sindicatura Plural liquidar en una sola unidad los bienes que componen la planta industrial ubicada en la ciudad de Ita Ibaté, Departamento General Paz, provincia de Corrientes mediante el procedimiento de licitación judicial, aún contra el consejo y opinión de este Comité de Control”, informó este último en un comunicado enviado a los acreedores. Según explicó, la oposición a que se realice la liquidación está basada en dos puntos: “que la situación económica que atraviesa el país, e internacional, no es propicia para llevar adelante la venta, por lo cual se sugirió la suspensión”, y “que dicho procedimiento pone en serio riesgo la posibilidad de vender a un precio igual o equivalente al valor actual, y, en tanto será en moneda nacional, tampoco garantiza la mantención del valor durante el tiempo que transcurre hasta que se resuelva la validez de la licitación y, luego, se apruebe la misma, y se paguen los créditos”. [img="5cde91f417530.jpg"][/img] En la comunicación enviada a los acreedores, el Comité detalló que la información brindada tenía “una triple finalidad: [b]1)[/b] informar debidamente a los acreedores sobre el particular, dada la relevancia que tiene el acto de venta de la planta de Ita Ibaté ante sus créditos; [b]2)[/b] deslindar toda responsabilidad del Comité de Control por los eventuales daños que se les pueda producir la decisión tomada por el Sr. Juez de la Quiebra a propuesta de la Sindicatura Plural;[b] 3)[/b] trasladarles la preocupación, al resguardo de las responsabilidades consecuentes que hacen a este Comité de Control, por encontrarse todos los miembros de la Sindicatura Plural imputados penalmente de haber cometido delitos en el ejercicio de sus propias funciones de síndicos; como así también que nos resulta Igualmente preocupante que el señor juez hubiere resuelto negativamente los pedidos de suspensión y remoción de la Sindicatura Plural”. En ese orden, asimismo, el Comité de Control envió este jueves una carta documento a la Sindicatura Plural de Calimboy SA, “con el objeto de deslindar, ante la masa de acreedores, toda responsabilidad por los daños y perjuicios que les pueda causar dicha decisión propiciada por esta Sindicatura Plural”. Además, en el documento ratificó su “opinión y consejo en cuanto a suspender el proceso licitatorio mientras se mantengan las actuales circunstancias económicas y políticas. Muestra palmaria de ello que a la fecha la soja cotiza en su peor precio por la llamada “guerra comercial entre EEUU y China””. En ese mismo sentido, insistió en su posición “y la validez de los argumentos expuestos, a la RETASA propuesta por vuestra parte en el modo en que han formulado la misma, porque toman una base total y absolutamente desactualizada”. Sobre este punto, señaló que, tomando la tasación, “el valor actual ascendería a $158.166.170,00, por lo que proponer una base de $97.500.000,00 excede mucho el porcentaje del 25% indicado por vuestra parte”, porcentaje con el que tampoco dijo estar de acuerdo el Comité, ya que entendió que “no puede ser mayor al 20%”. Asimismo, sostuvo “enfáticamente que no resulta admisible querer introducir lo que han dado en llamar “variante metodológica” para que la Planta Industrial de Ita Ibaté vea reducido su valor base a sesenta millones de pesos”, ya que “no sólo que ello equivale a terminar la venta de una vez y media menos de su valor de tasación y además en moneda nacional -que expone al precio de venta a una ligera pérdida del valor durante todo el tiempo de sustanciación del procedimiento de aprobación de la subasta, y presentación de proyecto de liquidación de los créditos y pago-, sino que, tal cual lo hemos dicho, tal “mecanismo” desmerece el proceso licitatorio y la seriedad que el mismo debe revestir”. Y remarcó: “no vemos impedimento, por otra parte, que el precio a exigir en la licitación (art. 765 CCCN), en cualquiera de las variantes a que apelen, y cualquiera sea el momento en que se haga, sea en dólares estadounidenses, cláusula que preservaría el valor del precio de venta de las imprevisiones e inseguridades, y de los riesgos propios de la volátil economía del país. Debería revisar vuestra propuesta, dado que no sólo la cuestionada Retasa que proponen produciría un grave perjuicio a los créditos de la masa de acreedores, sino que también se puede producir por la desvalorización a que está expuesta por el tiempo que transcurra hasta que se realice la subasta, y desde la subasta hasta el pago de los créditos”. “Conforme lo anteriormente expuesto, encontrándonos expresamente facultados por ley para sugerir medidas para la mejor realización de los bienes, reiteramos nuestra formal oposición a que actualmente se lleve a cabo el proceso de licitación judicial y, en su oportunidad, proponemos que al valor actual de la Planta Industrial de Ita Ibaté (conforme tasación y cotización actual del dólar estadounidense) se aplique una retasa no mayor del 20% de ese valor y se elimine completamente la denominada “variante metodológica””, añadió el Comité en el texto de la carta documento. Casi sobre el final, hizo mención a la situación judicial de los síndicos: “No podemos dejar de expresar nuestra preocupación por las denuncias que les imputa la comisión de delitos en el ejercicio de las funciones que, más allá de la opinión contraria del Sr. Juez del proceso falencial, denota la existencia de relaciones muy conflictivas con la fallida, aumentando aún más el riesgo de demora, por la alta conflictividad, en el pago de los créditos”. Sobre este punto, cabe mencionar que el 15 de noviembre de 2018 el juez Mir había resuelto no hacer lugar a un pedido de separación preventiva de un grupo de síndicos en el marco de la causa en la cual se tramita la quiebra del molino Calimboy SA. La solicitud había sido formulada por el ex presidente de la firma, José Alberto Grané, en razón de que los integrantes de la sindicatura se encuentran imputados por adulteración de documentos. Finalmente, el Comité de Control concluyó: “No podemos estar ajenos y desentendidos de las consecuencias que puede generar, en relación al interés de los acreedores, la decisión tomada, por ello nos vemos obligados, en ejercicio de los deberes de cooperación, buena fe y lealtad procesal, a transmitirles esta preocupación y a deslindar nuestras responsabilidades”.