Martes 29 de Octubre de 2019, 10:11

Es válido el Decreto que acortar distancias para las fumigaciones

Judiciales | El Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró válido el Decreto 2.239/19 del Gobernador Bordet que reglamenta la aplicación de fitosanitarios en cercanías a Escuelas rurales.

El Superior Tribunal de Justicia revocó por unanimidad la sentencia de primera instancia, y por lo tanto dejó legítimo y válido el Decreto Nº 2239/19, del Gobernador Gusatavo Bordet que regula la aplicación de fitosanitarios en cercanías a Escuelas rurales. Esto: “Nos obliga a garantizar que lo que nosotros dijimos en el decreto, que se garantiza la seguridad ambiental y la salud, se concrete realmente con las acciones”, valoró el Fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes. Tras la resolución, explicó: “Esto significa que a partir de esta sentencia, este decreto que ya tenía validez en muchas cláusulas, adquiere completa validez, en particular, lo más sensible de todo es el tema de las distancias”. Rodríguez Signes puso de relieve que “la administración a partir de estas sentencias anteriores tuvo que hacer un trabajo profundo de buscar la mejor regulación y el Poder Judicial terminó diciendo que esa regulación que encontró forma a través del Decreto 2239 y que es la regulación correcta”. “Ahora viene la parte más difícil de todas que es lograr la aplicación del Decreto 2239, porque no es solamente dictar la norma. Ahora la Secretaría de Producción, que es el órgano de aplicación, tendrá que disponer cómo hace para aplicarla estrictamente, para que no falle el sistema y que tengamos que lamentar ningún caso de contaminación, de intoxicación, que seamos muy celosos en eso”, puntualizó. En ese sentido, completó: “Nos obliga a ir a garantizar que lo que nosotros dijimos del decreto, que garantiza la seguridad ambiental y la salud, se concrete realmente con las acciones”. “En las sentencias anteriores, las distancias que se habían fijado eran de 1.000 metros y 3.000 metros de exclusión para la aplicación de plaguicidas y ahora es de 100 metros y 500 metros”, ahondó. En este punto, aclaró: "Hay que hacer una pequeña corrección, que es que la distancia hay que computarla no desde el casco de la escuela como está en el decreto sino desde el límite de propiedad de la escuela. Salvado eso, el decreto es completamente válido y legítimo”. Indicó luego: “Es porque el Superior Tribunal de Justicia dice que el Poder Ejecutivo ejerció razonable y criteriosamente el poder de policía, ya que se nutrió de informes idóneos”. Según se señaló en un comunicado, el decreto está basado en informes del Estado Nacional, SENASA, trabajos de investigación del CONICET, informes de la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional de Entre Ríos, “es un decreto que implica un esfuerzo importante de una regulación responsable”, completó. Por otra parte, ahondó: “Luego exhorta a que el Poder Legislativo tome cartas en el asunto, eso no es una condena, sino una petición del Poder Judicial al Legislativo para que regule, lo cual me parece muy bien, ya que este es un tema delicado, sensible hay que revisarlo, y revisar toda la legislación”. Finalmente, destacó: "Si bien el Decreto 2239 es legítimo y válido y se va a aplicar, hay que destacar que todos estos amparos promovidos por el Foro Ecologista y AGMER, motivaron a poner el foco en este tema. Es un tema en el cual evidentemente había falencias, y este decreto viene a llenar estas falencias, donde no había nada”.