El HTP rechazó reclamo de San Martín y aplicó duras sanciones
Fútbol | El Tribunal de Penas de la Regional ratificó el resultado en favor de Defensores del Oeste, pero sancionó al jugador Leonel Richard, al club de Herrera y a su presidente. Aquí los detalles.
El HTP de la Liga Regional resolvió la protesta de San Martín de Herrera sobre la supuesta indebida inclusión de un jugador por parte de Defensores del Oeste. El Tribunal manifestó que en fecha 3 de mayo de 2016 el club San Martin de Herrera presenta ante la liga regional Basavilbaso protesta del partido disputado con su similar del club Defensores del Oeste el dia 1º de mayo de 2016 , por la supuesta inclusión indebida del jugador Richard, Leonel Esteban .
Que el club Defensores del Oeste presenta en tiempo y forma el descargo correspondiente , que obra en autos.
Que según constancias del expediente el jugador fue habilitado por la mesa del Consejo Directivo de la liga regional el dia 8 de marzo.
Que atento a ello , estando el jugador habilitado por la liga por Boletín Nº 1341 el mismo fue debidamente incluido por el club Defensores del Oeste.
Que no obstante ello el HTP "entiende que a la fecha no se ha cumplimentado debidamente el pase ni se ha cumplido las exigencias reglamentarias para su libertad de acción , tanto por vencimientos de plazos como por irregularidades administrativas".
Por todo ello el Honorable Tribunal de Penas de la Liga Regional de Fútbol de Basavilbaso resolvió: "Rechazar por improcedente la protesta efectuada por el club San Martín de Herrera , bajo el fundamento de que no existe INCLUSIÓN INDEBIDA ya que el jugador fue habilitado por la liga regional, siendo esta habilitación la que justifico la inclusión del jugador en ese partido . debiendo abonar , de acuerdo a lo establecido por el Art. 21 del RTP los gastos originados por la tramitación del presente expediente y que deben ser determinados por tesorería de la liga . debido a los fundamentos del fallo , el importe oportunamente abonado por el club San Martín de Herrera por derecho de protesta deberá ser reintegrado al citado club".
El Tribunal dispuso que el pase del jugador Richard, Leonel Esteban "pertenece al Club San Martin de Herrera , pudiendo solamente cambiar ese estado cuando se proceda a la apertura del libro de pases, cualquiera sea la causa del mismo". Y que
"hasta ese momento el citado jugador no puede ser incluido por el Club San Martín de Herrera en partidos oficiales".
La justicia deportiva de la Regional resolvió ratificar el resultado del partido disputado entre ambas instituciones, San Martín 0-3 Defensores del Oeste.
También dispuso aplicar el Art. 253 del RPT y una pena de dos años al dirigente Peralta, Eduardo. Pero además que la sanción al presidente del Club San Martín de Herrera, "por violación a una suspensión vigente", la "deberá cumplir a partir del 8 de octubre de 2016, fecha en que vence la aplicada anteriormente aplicada".
Por otra parte resolvió se aplique al Club San Martín una "multa valor entrada 70, por aplicación del Art. 252 del RTP".
El Tribunal "dejó pendientes de resolución los ítems referidos a la judicialización del caso por parte del Club Defensores del Oeste y la publicidad del descargo efectuado por el citado club en un medio digital local hasta tanto se determine en el primer caso por parte de la justicia Provisional la competencia, y en el segundo hasta que se reúnan las pruebas necesarias".