Martes 14 de Abril de 2020, 09:40

El Municipio adhiere a las medidas del Gobierno Nacional

Política y Economía | A través del Decreto N° 232/20 D.E.M.B. la administración del Intendente, Hernán Besel dispuso la Adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia de Presidencia de la Nación Argentina DECNU N° 355/2020 que establece el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” hasta el día 26 de abril.

El Intendente dispuso "mantener" y "garantizar" los servicios esenciales que deben brindarse a la sociedad a fin de no resentir los mismos a) Secretaria de Obras y Servicios Públicos; b) Secretaria de Hacienda; c) Secretaria de Desarrollo Social; d) Secretaria de Gobierno; e) Secretaria de Producción y Ambiente-Dirección de Espacios Verdes; f) Secretaria de Cultura, Turismo, Educación y Juventud; g) Dirección de Asuntos Institucionales y Jurídicos; h) Dirección de Recursos Humanos; i) Dirección de Deportes; j) Informática; k) Difusión y Prensa; asignándose por parte del Secretario/a/ Director/a a cargo las tareas y guardias propias de cada servicio y oficina.

En la norma se establece que los agentes de las oficinas propiamente administrativas podrán continuar realizando su trabajo a través de la modalidad de Teletrabajo, o mediante presentación de manera física ante el Edificio municipal, lo cual deberá ser notificado por el Secretario/a Director/a a cargo del personal ante la Dirección de Recursos Humanos.

Por otra parte se establece prorrogar el vencimiento del período correspondiente al mes de febrero de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad del año 2020 que operaba el día 13/04/2020 y hasta 48 horas hábiles posteriores, hasta el día lunes 27 de abril de 2020 y 48 horas hábiles posteriores a la fecha indicada.


También se dispuso prorrogar el vencimiento del período correspondiente al mes de marzo de la Tasa por Servicio Sanitario que operaba el día 15/04/2020, hasta el día lunes 27 de abril de 2020 y 48 horas hábiles posteriores a la fecha indicada.

Se estableció también la prorroga del vencimiento de las cuotas correspondientes al Sistema de Recupero de Cuotas para las Viviendas del Programa Federal de Viviendas y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales, Provincia de Entre Ríos correspondiente al mes de abril, que operaba el día 10/04/2020, venciendo este el día lunes 27 de abril de 2020 y 48 horas hábiles posteriores a la fecha indicada.

El Decreto contempla la habilitación de las Cajas de Cobro Municipal reduciendo el número de contribuyentes que se asistan desde las dependencias del municipio a una persona por vez por oficina, sin excepciones, siendo tal medida de carácter obligatorio. Además, establece el Horario Especial de 8:00 horas a 12:00, otorgándosele prioridad de atención a aquellos contribuyentes mayores a Sesenta (60) años de edad desde las distintas dependencias del Municipio.

Dispone mantener los Horarios de Atención al Público y de Reparto a domicilio establecidos en los Artículos 5°), 6°) y 7°) del Decreto N° 228/2020 - D.E.M.B, garantizando los empleadores las condiciones de higiene y seguridad determinadas para garantizar la salud de los trabajadores.

El Ejecutivo Municipal invita a adherir a los términos del presente Decreto al Honorable Concejo Deliberante.