Miércoles 14 de Octubre de 2020, 10:23

Basavilbaso adhiere a la nueva etapa de la cuarentena

Salud | Mediante un Decreto el Municipio adhirió a lo dispuesto a nivel Nacional y Provincial en materia de medidas para contener el avance de la pandemia y estableció en qué horarios pueden funcionar -cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes- los comercios en la ciudad hasta el 21 de octubre.


Basavilbaso, en las últimas horas, a través del Decreto Nº 516/20 D.E.M.B., la administración Municipal de Hernán Besel estableció nuevas medidas en nuestra ciudad. Este documento, además de adherir a lo decretado a nivel Nacional y Provincial, establece los horarios comerciales en la ciudad, hasta el 21 de octubre, a fin de garantizar los controles en el cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

El DECRETO N° 516/20 -D.E.M.B- entre sus artículos se destaca:

ESTABLÉCESE que todas las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios habilitadas deberán respetar los protocolos, recomendaciones e instrucciones establecidos por las autoridades sanitarias, restringiendo el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad. Queda prohibido, en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de DOS (2) metros entre los y las concurrentes y sin ventilación adecuada del ambiente.

DISPÓNESE mantener el horario de atención al público de 7 hasta las 22 horas, hasta el día miércoles 21 de octubre del corriente, para actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios habilitadas, de los locales habilitados para ello, comprendiendo aquellos rubros respecto de los cuales aquí no se dispone su abstención de apertura expresamente. Cada propietario establecerá su método y horario de atención, dentro del margen de horario autorizado, quedando exceptuado el rubro de Farmacia y expendedores de combustible.

DETERMÍNESE el horario de 7 hasta 00 hs. de atención al público para actividades económicas, comerciales y de servicios habilitadas, como bares y restaurantes, como así el servicio de Delivery de comidas elaboradas y heladerías, de los locales habilitados para ello, hasta el día miércoles 21 de octubre del corriente.