Martes 26 de Marzo de 2019, 14:28

La Corte Suprema ordenó no cobrar Ganancias a los jubilados

Judiciales | Los Jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Maqueda coincidieron en la decisión.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del impuesto sobre jubilaciones y pensiones. Lo hizo para el caso de una jubilada entrerriana pero sienta precedente. Están alcanzados los que cobran más de $62.400. El máximo tribunal explicó que la sola utilización de la capacidad contributiva como parámetro para establecer impuestos a los jubilados y pensionados resulta insuficiente porque no toma en cuenta la vulnerabilidad de los jubilados que ampara la Constitución Nacional. Además, señala que la falta de consideración por las autoridades de esta circunstancia coloca a los jubilados en una situación de notoria e injusta desventaja. Por todo ello, la Corte Suprema resolvió que el texto actual de la ley, redactado en un contexto histórico diferente, resulta insuficiente y contrario al nuevo mandato constitucional. Concluyó por lo tanto en que no puede retenerse ninguna suma por impuesto a las ganancias a la jubilación de la demandante hasta que el Congreso Nacional dicte una ley que exima a las jubilaciones de este impuesto, debiendo reintegrarse a la señora García los montos retenidos desde la interposición del reclamo. En disidencia, Carlos Rosenkrantz resolvió que las normas de la Ley de Impuesto a las Ganancias que establecen que las jubilaciones y pensiones se encuentran alcanzadas por dicho impuesto son, en principio, constitucionales y que no se demostró la inconstitucionalidad ni irrazonabilidad del pago del impuesto en el caso de la actora.